Saltar al contenido
Home » Modelo de CONTRATO DE SUPERFICIE Peru

Modelo de CONTRATO DE SUPERFICIE Peru

ESCRITO DE CONTRATO DE SUPERFICIE PERU

 

CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SUPERFICIE

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase Ud. extender en su registro de escrituras públicas una de autorización de Derecho de Uso que celebran:

· De una parte la sociedad conyugal integrada por don Pedro Gonzales Carrasco, peruano, pequeño empresario minero, identificado con DNI Nº 17983659, y su esposa Norma Antonia Rivera Caballero de Gonzales, peruana, identificada con DNI Nº 27990196, con dirección domiciliaria para estos efectos en Victoria 405, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, a quienes en los sucesivo se le denominara «La Parte Propietaria»; y de la otra parte

· Don Armando Gonzales Carrasco, peruano, empresario, soltero, con dirección domiciliaria para estos efectos en Victoria 410, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, identificado don DNI Nº 41159563, a quien en adelante se le denominara «La Parte Usuaria»; bajo los términos y condiciones que contienen las siguientes cláusulas:

Cláusula primera:

La sociedad conyugal integrada por don Pedro Gonzales Carrasco, y doña Norma Antonia Rivera Caballero de Gonzales, son propietarios del inmueble constituido por el terreno rústico que forma parte de una de mayor extensión según consta del antecedente dominial denominado, según memoria descriptiva y planos catastrales otorgados por el ministerio de Agricultura, como sector “b” el cual consta con un área de 3.00 a 1300 m2, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones corren inscrito en la ficha Nº 2152701 del registro de la propiedad inmueble de Lima.

Cláusula segunda:

La Parte Propietaria mediante el presente contrato cede a favor de la parte usuaria, por el plazo máximo establecido por ley y a título gratuito el derecho de superficie sobre el terreno descrito en la cláusula primera del presente contrato, pudiendo ejercer este derecho ante toda autoridad pública y/o privada, según los atributos que establece el artículo 1030º del Código Civil.

Cláusula tercera:

La «Parte Usuaria», debe usar el referido bien inmueble en forma normal y acostumbrada a los usos y costumbres, no respondiendo por el desgaste del uso ordinario del inmueble.

Cláusula cuarta:

«La Parte Usuaria» debe pagar los tributos, impuestos y todo servicio que grave y corresponda a dicho inmueble. Obligándose frente al fisco respecto de cualquier otros tributos o impuesto propios del referido bien inmueble.

No obstante esto último, en la relación privada entre las partes contratantes será de cargo de la parte propietaria cualquier tributo que grave la propiedad de dicho inmueble y que a la fecha de la firma de la presente minuta, estuviera pendiente de pago, siendo de cargo de la parte usuaria los que se generen con posterioridad de dicha fecha.

Cláusula quinta:

Como consecuencia del otorgamiento del derecho de superficie a favor de la parte usuaria, ésta tendrá amplias facultades de administración del inmueble pudiendo realizar todo tipo de trámite administrativo, municipal, policial e incluso judicial relacionado con el derecho de superficie que adquiere en uso. Quedando prohibido el usuario de ceder el contrato y arrendar total o parcialmente el inmueble.

Cláusula sexta:

La parte propietaria declara que sobre el inmueble que entrega en uso, que se cede en uso a través del presente contrato no pesa carga, hipoteca, embargo, medida judicial, extrajudicial, ni gravamen alguno que en cualquier forma afecte o limite el derecho de su libre uso y disposición; no obstante de la presente declaración, la parte propietaria se obliga al saneamiento de ley.

Cláusula sétima:

Las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de lima, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción. Asimismo para cualquier cuestión judicial o extrajudicial, las partes constituyen domicilios en los referidos en la introducción de la presente minuta, donde tendrán validez todas las notificaciones.

Cláusula octava:

Para mayor constancia de lo expresado en la presente minuta las partes contratantes en ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales proceden a suscribirlo en señal de entera conformidad.

Agregue Ud. señor Notario lo que fuere de Ley.

Lima, 20 de Abril de 2023

 

Pedro Gonzales Carrasco Norma A. Rivera de Gonzales

Armando Gonzales Carrasco

 

🔴¡Haz clic para calificar esta PUBLICACION! 👍
[Total: 1 Average: 5]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *