Modelo de minuta de compraventa de vehículo en Word Perú
MINUTA
SEÑOR NOTARIO:
Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas una de COMPRA VENTA DE VEHÍCULO, que celebran las siguientes personas:
-De una parte, don JUAN CARLOS RAMÍREZ RIVERA, identificado con DNI N° 76543210, peruano, soltero, con domicilio en Calle Primavera 221, P. Joven Ciudad Azul, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, y a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR.
-De la otra parte, don ARTURO GUTIÉRREZ LOZANO, identificado con DNI N° 54321098, de estado civil divorciado, con domicilio en Av. Libertad N° 208, distrito Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa, a quien en adelante se denominará EL COMPRADOR.
PRIMERO: ANTECEDENTES
EL VENDEDOR, es propietario del vehículo usado de marca HONDA, del año 2005, modelo CIVIC, Placa N° L8K-789, Titulo: 2016-98765, número de motor 2Jk3567890, de 4 puertas, color azul, inscrito en la Partida Registral N° 76543210 en el Registro de Propiedad Vehicular, Zona Registral N° XII, Oficina Registral Arequipa, vehículo que se encuentra en buen estado de funcionamiento, al cual se le denominará en adelante como EL VEHÍCULO.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por medio del presente instrumento EL VENDEDOR da en venta real y enajenación perpetua a favor de EL COMPRADOR, EL VEHÍCULO descrito en la cláusula primera.
TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio pactado de común acuerdo por la transferencia del EL VEHÍCULO asciende a la suma de S/. 21,000.00 (VEINTIÚN MIL CON 00/100 SOLES) pago que se hará en efectivo de la siguiente forma:
EL COMPRADOR, le entregará a EL VENDEDOR a la firma del presente documento la suma de S/12,000.00 (DOCE MIL CON 00/100 SOLES) al momento de la firma de la presente.
EL COMPRADOR pagará a EL VENDEDOR el monto de S/ 9,000.00 (NUEVE MIL CON 00/100) con fecha 15 de febrero del 2017.
EL VENDEDOR se reservará para todos los efectos el derecho de propiedad hasta la cancelación del precio pactado y la suscripción de la escritura pública que formaliza la venta.
CUARTO: OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS
En la fecha de suscripción de la minuta, EL VENDEDOR hace entrega física de EL VEHÍCULO a EL COMPRADOR. Dejándose constancia que el VENDEDOR ha otorgado todos los documentos requeridos por EL COMPRADOR.
En caso que EL COMPRADOR no cumpla con el pago de la segunda armada, EL COMPRADOR pagará a EL VENDEDOR el alquiler por el lapso máximo de quince días. Luego deberá cancelar indefectiblemente.
QUINTO: CARGAS Y GRAVÁMENES:
EL VENDEDOR declara expresamente que, sobre EL VEHÍCULO, que se transfiere no pesa carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial; y en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del mismo.
OCTAVO: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio pudiese corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los jueces del Distrito Judicial de Arequipa.
Agregue usted, señor Notario, las cláusulas de estilo, cuidando de pasar los partes respectivos al Registro de Predios de Arequipa.
Arequipa, 15 de Octubre del 2023.
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